Pagar por valor de interés de propiedad

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Todos los actos grabación, pero dos de los estatutos de carrera protegen un interés después de un previo interés sólo si el propietario del interés más adelante el valor pagado por ello. Los estatutos de grabación, suelen utilizarse para proteger a las personas que se verían perjudicados por la falta de notificación de un interés existente en bienes inmuebles.

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En otras palabras, las leyes protegen a los que se basaría en el estado de título en la decisión de pagar un valor sustancial y perdería algo de ese valor si un interés sin grabar antes eran válidos en contra de ellos. Los que pagan ningún valor para sus intereses de propiedad no se pierde ninguna inversión si resulta que sus intereses están deteriorados o inútil a causa de los intereses en conflicto anteriores.

Una persona paga el valor de un inmueble por dar algo de valor económico considerable a cambio de la propiedad de interés, tales como los siguientes:

  • Dinero: El futuro comprador no tiene que pagar el valor total de la propiedad con el fin de ser protegidos por el estatuto de grabación. Las cortes generalmente de acuerdo en que un comprador está protegido si se paga una cierta cantidad sustancial en comparación con el valor de la propiedad y no una cantidad que es nominal o muy insuficientes. Una persona que recibe un interés de propiedad por donación, será, o herencia no está protegido por el estatuto de grabación.

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    Una simple promesa de pago de dinero, incluso dando una hipoteca para asegurar una promesa tal, no es el pago de valor. Sin embargo, dar una promesa de pago en la forma de un instrumento negociable es el pago de valor si las circunstancias lo hacerla aplicable independientemente de si el promitente recibe buen título a la propiedad.

  • Un préstamo: Muchas leyes dicen expresamente que los acreedores hipotecarios están protegidos contra los intereses no registrados si cumplen los demás requisitos de la ley. Pero incluso si el acto de registro no dice que, los tribunales están de acuerdo en que un prestamista que presta dinero a un prestatario y toma una hipoteca en garantía del reembolso ha pagado valor según sea necesario para la protección de la ley.

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    Sin embargo, si el prestamista ya ha hecho un préstamo sin garantía y después toma una hipoteca en garantía del reembolso, el prestamista no ha pagado valor y no está protegida por la Ley de grabación. En esta situación, el prestamista no pagó el valor basándose en el estado de título, a menos que se compromete a cambiar de alguna manera la obligación del prestatario de una manera que es perjudicial para el prestamista, como la ampliación del tiempo para el reembolso.

    Del mismo modo, una persona que adquiere un derecho de retención legal contra la propiedad no paga el valor de su derecho de retención y por lo tanto no está protegido por la ley.

    Por ejemplo, una persona que recibe un juicio contra otro de forma automática consigue un estatutaria sentencia de hipoteca en contra de su propiedad real, lo que le permite vender la propiedad para satisfacer el juicio. Algunos estatutos de grabación protegen expresamente los que tienen derechos de retención de juicio, pero en la mayoría de los estados un lienor juicio no está protegido porque no se paga el valor para recibir a su derecho de retención.

  • Cancelación de una obligación: Cancelación de una deuda existente o aceptar una escritura como cumplimiento de una obligación pendiente de pago puede ser de valor.

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